Formación Convenio del Metal: claves para su planificación

octubre, 2021

Desde el año 2017 está aprobada la formación en Prevención de Riesgos Laborales en el Convenio del Metal. Con este Post pretendemos dar una información clave para su ejecución.

¿Qué hacemos si todavía no tengo al personal de mi empresa formado?

Lo primero que tenemos que saber es que existen dos tipos de formaciones: la formación para el personal de oficinas (administración y directivos) y la formación para el personal de producción.

La formación para el personal de oficinas consiste en 6 horas online, y es el primer paso que toda empresa debe tener completado. Este primer paso sencillo, nos puede ayudar a comenzar con la planificación de la formación.

La formación del personal de producción consiste en 20 horas presenciales según el oficio que desempeñen: 12 horas troncales y 8 horas de especialidad. Aunque en el curso se hagan estas dos partes, el curso tiene que darse por completo como una sola unidad.

Es importante definir bien las necesidades de formación según las actividades que se desarrollen en vuestra empresa.

El Convenio asigna a cada ocupación (Oficio) un curso concreto por lo que es importante definir bien los oficios en cada empresa.

Esta formación de 20 horas tiene que cumplir con unos requisitos, que principalmente son los siguientes:

  • El número máximo de trabajadores por formación es de 25 alumnos por grupo (no hay mínimo).
  • Entre el primer día de formación y el último no puede pasar más de un mes.
  • La formación tiene que estar organizada con al menos 7 días de antelación.
  • La formación es presencial.
  • La formación tiene que ser impartida y gestionada por una empresa homologada por la Fundación Laboral del Metal, por lo que desde APMEN contamos con la empresa navarra GESINOR que cumple con todos los requisitos.

¿Qué hacemos  con los trabajadores polivalentes?

Una vez que el trabajador ha realizado las 20 horas de formación del oficio principal que realice, puede realizar 8 horas de formación de las especialidades que desee. Por ejemplo, un trabajador de mantenimiento (curso C12) puede hacer la especialidad de plataformas elevadoras (C29) en el caso de que las utilice en su trabajo.

Poco a poco tenemos que ir formando a todos los trabajadores, pero lo importante es que comencemos formándoles en el oficio principal, sin perjuicio de que debe tener la formación en el resto de oficios que desempeñe.

Además de estos cursos comentados, se regula la formación del Nivel Básico en Prevención de Riesgos Laborales de 50 horas, que tienen que hacerla las personas trabajadoras con funciones preventivas de nivel básico, existiendo la posibilidad de convalidaciones con cursos realizados anteriormente.

Finalmente se establece que cada 4 años, es obligatorio realizar una formación de Reciclaje de los oficios de 4 horas de duración.

MÁS INFORMACIÓN: Formación de prevención riesgos laborales según el III Convenio del Sector Metal

ACCESO A NORMATIVA: Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los servicios del Sector Metal (CEM),

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